sábado, 30 de julio de 2011

MOCIÓN para solicitar al Gobierno de Canarias la redacción de un Plan de Emergencia Municipal Completo, o bien contratar y/o gestionar a las empresas

Gloria García Fariña, Concejal de Alternativa Sí se Puede por Tenerife, perteneciente al Grupo Mixto Municipal del Ayuntamiento de Güímar, en uso de las atribuciones que le confiere el articulo 97.3 del R.O.F., presenta al pleno del Ayuntamiento de Güímar la presente MOCION para su debate y aprobación si procede, de acuerdo con la siguiente


EXPOSICION DE MOTIVOS

Los Planes de emergencia municipales y en concreto el del municipio de Güímar se encontraría regulado en el siguiente marco jurídico.
-Ley 2/85 de 21 de Enero de 1985. PROTECCIÓN CIVIL. Normas Reguladoras
-Real Decreto 407/1992 24 de abril de 1992 Ministerio del Interior
-Protección civil.- Norma Básica
-PLATECA y demás normativa complementaria del Gobierno de Canarias.

En la ley 2/85 de Protección Civil, en su artículo 8 establece la necesidad de elaborar unos Planes Territoriales de Comunidad Autónoma, Provinciales, Supramunicipales, Insulares y Municipales, para determinar las líneas de actuación en las situaciones de emergencia, así como que las directrices esenciales para la elaboración de tales planes estarían contenidos en una Norma Básica de Protección Civil que se aprobaría con posterioridad.

Una vez aprobada la Norma Básica de Protección Civil, en su articulo 8.3 se establece que “las entidades locales elaborarán y aprobarán cuando proceda y según el marco de planificación establecido en cada ámbito territorial, sus correspondientes Planes Territoriales de Protección Civil. La competencia de dirección y coordinación de las acciones previstas en estos planes corresponde a la autoridad local”.

El alcalde entre otras atribuciones tiene la de “adoptar personalmente y bajo su responsabilidad, en caso de catástrofe o infortunio público o grave riesgo, las medidas necesarias y adecuadas, dando cuenta inmediata al Pleno”.

Hay que recordar que los Municipios tienen atribuidas competencias en los términos que establece la legislación del Estado y de la Comunidad Autónoma, en materia de Seguridad, Protección Civil, Prevención y extinción de incendios. Al no superar el Municipio de Güímar los 20.000 habitantes no está obligado a prestar los servicios de protección civil, y por ende tampoco a tener un Plan de Emergencias, pero tampoco estaría obligado a tener instalaciones deportivas públicas, a formar parte del consorcio de bomberos ni a prestar los servicios sociales. Es evidente que todos estos servicios son importantísimos en un Municipio como el de Güímar y en pleno siglo XXI no podemos dejar la seguridad de nuestros vecinos sin resolver.

Por todo lo expuesto, los planes de emergencia de Güímar se aprobarán por la corporación del Excmo. Ayuntamiento, integrándose en su caso en los planes Autonómico, Supramunicipales, Insulares o provinciales. Una vez aprobado por el pleno de la corporación será homologado por la Comisión Autonómica de Protección Civil de Canarias.

Los planes de emergencia son la previsión del marco orgánico-funcional y de los mecanismos que permiten la movilización de recursos humanos y materiales necesarios para la protección de personas y bienes en caso de grave riesgo colectivo, catástrofe o calamidad pública, así como el esquema de coordinación de las distintas Administraciones públicas llamadas a intervenir. Es necesario por tanto que el plan establezca un sistema que garantice, en caso de emergencia, la movilización de los recursos necesarios y la toma de las adecuadas medidas de protección a la población, y, por último, establecer la rehabilitación de los servicios públicos esenciales para la vuelta a la normalidad.

Un plan de emergencia efectivo debe de ser COMPLETO en todos sus apartados, debiendo contener al menos los siguientes apartados a) Introducción, b) Información Geográfica e identificación de riesgos, c) Estructura y organización d) Operatividad, e) Catálogo de medios y recursos, f) Implantación y mantenimiento.

Todos los apartados del plan son importantes, pero el de más ardua elaboración e investigación, y por donde se debe de empezar, es la identificación de los riesgos, que debe de ser COMPLETA, encontrándonos con el riesgo por causas naturales, el riesgo por causas tecnológicas y el riesgo antrópico o causado por el hombre. Sin ser una lista exhaustiva en el riesgo a estudiar por causas naturales podemos destacar los barrancos que desembocan en los núcleos costeros, como el que desemboca justo en el colegio del Puertito de Güímar, o fenómenos meteorológicos adversos que han afectado a esta zona como el Delta o el Cynthia, así como en los tecnológicos el que puede ser causado por la cercanía del Polígono Industrial del Valle de Güímar.

Para la elaboración del Plan de Emergencias se pueden usar varios métodos:
a) Pedir la colaboración del Gobierno Autónomo para que lo elabore de forma completa.
b) Contratar a un Técnico o empresa externa.
c) Formar al propio personal del Ayuntamiento para que lo pueda realizar.

Por todo lo anteriormente expuesto, la concejal de Alternativa Sí Se Puede por Tenerife perteneciente al Grupo Mixto Municipal en el Ayuntamiento de Güímar, propone al Pleno de la Corporación Municipal la adopción del siguiente


ACUERDO

1) El Excmo. Ayuntamiento de la Ciudad de Güímar, consciente de la gran importancia que tiene contar en el Municipio con un Plan de Emergencia completo, que cubra todos los apartados mínimos de su contenido y con el fin de poder hacer frente a cualquier emergencia general acuerda solicitar al Gobierno Autónomo de Canarias la ayuda técnica necesaria para ser elaborado en su totalidad dejándolo listo para ser aprobado.

2) Asimismo, este Ayuntamiento acuerda que si en el plazo de un año desde la petición al Gobierno de Canarias, esta no hubiese sido aceptada por el mismo o no se hubiese elaborado dicho plan por los técnicos del Gobierno Autónomo de Canarias, se realizaran todas las gestiones necesarias para contratar a un Técnico o Empresa externa que lo redacte en su totalidad o bien formará a los técnicos del propio Ayuntamiento para que lo puedan redactar.


3) Por último, el ayuntamiento de Güímar acuerda que una vez elaborado y aprobado el Plan de Emergencias se harán todas las gestiones para implantarlo de una forma eficaz y que se mantendrá actualizado.















Güímar, a 20 de julio de 2011

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